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¿ QUE ES EL SUBSIDIO NO CONTRIBUTIVO PARA LA MATERNIDAD ? PDF Imprimir E-mail
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Martes, 01 de Febrero de 2011 18:29

'Iuris &Lex' le explica en qué consiste este subsidio al que podrán acceder aquellas trabajadoras que no tengan el periodo mínimo de cotización exigido y cuáles son los requisitos y duración del mismo.
Eleconomista
31/01/2011


A efectos de la prestación por maternidad se consideran situaciones protegidas la maternidad, la adopción y el acogimiento tanto preadoptivo como permanente o simple de conformidad con el Código Civil o las leyes civiles de las Comunidades Autónomas, siempre que, en este último caso, su duración no sea inferior a un año.
Requisitos, cuantía y duración
- Serán beneficiarias las trabajadoras¡ que reúnan todos los requisitos establecidos para acceder a la prestación contributiva por maternidad salvo el período mínimo de cotización exigido.
- La cuantía de la prestación será igual al ciento por ciento del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) vigente en cada momento, salvo que la base reguladora fuese de cuantía inferior, en cuyo caso se tomará ésta.
- La duración de la prestación será de 42 días naturales a contar desde el parto. Dicha duración se incrementará en 14 días naturales en los casos de nacimiento de hijo en una familia numerosa o en la que adquiera dicha condición, o en una familia monoparental, o en los supuestos de parto múltiple, o cuando la madre o el hijo estén afectados de discapacidad en un grado igual o superior al 65 por ciento. El incremento de la duración es único, sin que proceda su acumulación.
- A los efectos de la consideración de la familia numerosa, se estará a lo dispuesto en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.
Gestión y documentación
- La gestión corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social, que realizará el pago del subsidio, sin que quepa fórmula alguna de colaboración en la gestión por parte de las empresas.
- El pago del subsidio se realizará por períodos vencidos.
- El facultativo del Servicio Público de Salud expedirá un informe de maternidad que será presentado ante el Instituto Nacional de la seguridad Social al solicitar la prestación.

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